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ANERR lanza la campaña REA al sector de la rehabilitación y la reforma

La Asociación Nacional de Empresas de Rehabilitación y Reforma (ANERR), en colaboración con el Grupo 17, presenta la campaña REA (Registro de Empresas Acreditadas), para facilitar a las empresas de reforma y rehabilitación obtenerlo y a las asociadas renovarlo de una forma cómoda y sencilla. La iniciativa forma parte de las acciones desarrolladas por la asociación desde su fundación para ayudar a profesionalizar el sector y ofrecer servicios de interés a sus socios.

1 Foto campana REA ANERR

Grupo 17 colabora con ANERR desde 2017 ofreciendo asesoramiento al asociado en materia sobre: servicio de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos, planes de seguridad, coordinación en obras, recursos preventivos, planes de autoprotección, asesoramiento en requisitos legales, entre otros. Con esta campaña REA se tratará de ofrecer un servicio completo a las empresas para que si hay que implementar alguna acción en materia de prevención de riesgos laborales lo puedan hacer con un asesor que le lleve de la mano.

Preguntas frecuentes sobre el REA, Registro de Empresas Acreditadas:

¿Qué es el REA, Registro de Empresas Acreditadas?

Es un registro único que tiene como objetivo el acreditar que las empresas que operan en el sector de la construcción cumplen los requisitos de capacidad y de calidad de la prevención de riesgos laborales. Cada Comunidad autónoma gestiona sus propios registros.

¿Quién tiene que inscribirse en el  REA?

Toda empresa que pretenda ser contratada o subcontratada para trabajos en una obra de construcción, deberá estar inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas dependiente de la autoridad laboral donde esté ubicado el domicilio social de la empresa.

¿Quién no tiene que inscribirse?  No tendrán obligación de inscribirse todos aquellos trabajadores autónomos sin asalariados, ni los promotores de obra.

¿Qué requisitos tiene que cumplir mi empresa?

Los principales requisitos son contar con una organización productiva propia y adecuada, contar con un Servicio de Prevención Propio o Ajeno, que todo el personal tanto a nivel productivo como directivo disponga de la formación adecuada según convenio (20 horas y 10 horas respectivamente) y contar con un 30% de la plantilla contratada de manera indefinida.

¿Dónde se realiza la inscripción en el REA?

En la comunidad Autónoma donde se ubique la sede de la empresa. Ésta se podrá hacer de manera presencial o telemática.

¿Cuándo caduca la inscripción en el REA?

La inscripción caduca a los tres años debiendo proceder a renovar la misma en los 6 meses anteriores a su caducidad. De no renovarse se entenderá cancelada automáticamente en el registro.

¿Puedo trabajar en obra sin estar dado de alta en el REA?

No, es un requisito indispensable que además es solicitado al dar de alta un centro de trabajo o para realizar el apunte correspondiente en el Libro de subcontratación.

¿Qué repercusiones tiene no estar inscrito en el REA?

Según el RDL 5/2000 Ley de infracciones y sanciones en el Orden Social, artículos 11.27a  y 12.16a se calificará como una infracción grave o muy grave en función de la actividad de la empresa con una sanción variable entre 2046 € y 40.985 €  para las graves y 40.986 € y 819.780€ para las muy graves.

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