Garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente, son requisitos básicos innegociables en una sociedad en la que, desde hace ya algunos años, el deber de conservación exige adecuar un parque edificatorio que se erigió en condiciones y circunstancias muy diferentes a las actuales.
Para ello, pieza fundamental es una auditoria que permita evaluar el nivel real de su estado en base a los mencionados requisitos básicos. Y básico es también a su vez establecer un contenido más o menos homogéneo y consensuado por todas las administraciones implicadas, como pueden ser los Informes de Evaluación de Edificios (IEE). Eficiencia energética, conservación y accesibilidad, tres puntos iniciales de chequeo que poco a poco parece se puedan ir complementando con otros requisitos como protección frente al ruido, o quizás seguridad de incendios y/o riesgos relacionados con actividades sísmicas intensas como orienta de algún modo y en primera instancia la nueva Directiva (UE) 2018/844.
Una auditoria seria, rigurosa, que no debe ser rebajada por ningún agente con intereses propios para sus fines. El objetivo es la mejora del parque de edificios y un balance de su estado real actual es innegociable, siendo al mismo tiempo lícito que las empresas se desarrollen en base a ello, pero no debemos consentir como sociedad en este caso el “y viceversa”.
La mejora de la calidad edificatoria, la conservación de edificios y los aspectos relativos a la sostenibilidad, como la eficiencia energética, son pilares fundamentales en el proceso de rehabilitación, que en conjunto, no hacen sino mejorar la calidad de vida de las personas.
Por norma general, a partir de los 50 años de antigüedad todo edificio de carácter residencial de vivienda colectiva está obligado a pasar el IEE, al menos, cada 10 años. No obstante, es competencia de las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos los que puedan rebajar esta periodicidad si lo consideran oportuno.
Hacia la ruta europea 2030
En línea con el compromiso con el marco legal europeo, el Colegio de Aparejadores organizó en su sede, hace unas semanas, una jornada centrada en las novedades legales hacia el compromiso UE 2030-2050. Durante la misma, se trató la forma de adaptar la reglamentación española al nuevo marco normativo sobre energía que se está desarrollando en el Comité Europeo de Normalización CEN, bajo el Mandato M/480 de la Comisión Europea, avalado una vez más en estos días con la reciente nueva Directiva 2018/844 de eficiencia energética. También se aludió a la reducción de los consumos energéticos en el sector de la edificación y las emisiones de CO2 asociadas, mediante el ajuste de las exigencias reglamentarias de eficiencia energética de los edificios.
Durante la jornada, Javier Méndez, director del Gabinete Técnico del Colegio de Aparejadores de Madrid comentó: “Estas directrices orientan el sector hacia materiales y componentes con menor necesidad de materias primas, y tras la cumbre de París se puso el punto de mira en el nuevo objetivo mínimo a alcanzar, 40/27/27, y parece que los indicadores actuales, emisiones, la calidad del aire de nuestras ciudades y los cambios en el clima certifican la necesidad de nuevas formas de construcción más respetuosas con el medio ambiente”.
En el marco sobre clima y energía de la Comisión Europea para 2030, se establece un objetivo vinculante de reducción de las emisiones de la UE de al menos 40% en relación con los niveles de 1990 y al menos 27% de mejora de la eficiencia energética.
En este sentido, desde el Colegio de Aparejadores de Madrid se hace especial hincapié en que el las obras de nueva construcción y el parque de viviendas existentes deberán proyectarse, construirse y conservarse de forma que no supongan una amenaza para el medio ambiente ni un impacto elevado durante todo su ciclo de vida, en base al nuevo modelo al que nos dirigimos con una normativa de carácter más prestacional y que limite los consumos energéticos de origen no renovable.
Otro de los puntos abordados en este encuentro fue la definición de edificios de consumo de energía casi nulo de cara a su aplicación obligatoria en 2018 para los edificios nuevos de la administración y, a más tardar, en 2020 para todos los edificios nuevos. ”El concepto de energía de consumo casi nulo es un término dinámico y evolutivo, que debe ir adaptándose a las condiciones tecnológicas, económicas, energéticas, etc, en cada momento”, explicó Javier durante la jornada.
En busca de políticas urbanas sostenibles
Los últimos datos disponibles relativos a la rehabilitación en el sector residencial corresponden a 2015 y permiten constatar un comportamiento muy desigual de esta actividad en las diferentes Comunidades Autónomas, tanto en número de edificios rehabilitados, como en volumen de inversión. En la ciudad de Madrid hay 1,5 millones de viviendas, y de ellas, el 70% son anteriores a 1.980, primer año en el que la normativa exigía incorporar aislamiento térmico, por lo que son susceptibles de amplias mejoras y están en el punto de mira de las administraciones para su intento de adecuación a niveles de confort actuales.
Méndez comentó: “Desde el Colegio queremos incidir en la necesidad de aunar las Estrategias de todas las Administraciones. En este sentido, los Aparejadores y Arquitectos Técnicos son técnicos competentes en la realización de estos informes en el sector de edificación de uso residencial, legalmente habilitados para ello y altamente capacitados dada su formación técnica”.